Arraigo Social

Regulariza tu situación en España acreditando permanencia real, integración efectiva y medios de vida válidos.

¿Qué es este trámite?

El arraigo social es una autorización por circunstancias excepcionales dirigida a personas que han permanecido en España el tiempo exigido y pueden demostrar integración y medios económicos suficientes.

En 2026, la administración analiza con especial rigor la continuidad de la permanencia, la coherencia del contrato o actividad económica y la realidad de la integración. No basta el tiempo: el expediente debe ser sólido y consistente.

Requisitos:

  • Acreditar permanencia continuada en España durante el periodo exigido.
  • Demostrar integración social mediante informe favorable si aplica.
  • Contar con contrato de trabajo o medios económicos válidos según la vía.
  • Carecer de antecedentes penales en España y países de residencia anterior.

¿Qué revisamos?

  • Si realmente cumples el requisito de permanencia sin interrupciones problemáticas.
  • Revisión del contrato y condiciones laborales para evitar requerimientos.
  • Alternativas si no cuentas con contrato tradicional (según normativa vigente).
  • Plan posterior: renovación y estabilidad futura.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo debo haber vivido en España?
Debe acreditarse el periodo exigido de permanencia continuada. En asesoría revisamos pruebas válidas.
¿Es obligatorio tener contrato?
Depende de la vía aplicable y normativa vigente. Analizamos tu situación concreta.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
Un expediente incompleto puede generar requerimientos o denegación. Es clave prepararlo correctamente.
¿Se puede renovar después?
Sí, si cumples los requisitos para la autorización posterior correspondiente.

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